¿Cuántos años hay que cotizar para cobrar el cien por cien de la pensión?
Llegar a la edad de jubilación no garantiza cobrar la pensión completa. En el sistema español, lo que se cobra depende de dos piezas: la base reguladora, que resume lo cotizado en los últimos años, y el porcentaje que se aplica sobre ella, que depende de cuántos años se ha cotizado en total. Con el mínimo exigido se alcanza la mitad; para llegar al cien por cien hace falta mucho más.
Y esa segunda cifra no es fija. La reforma aprobada en 2011 alargó poco a poco el tiempo necesario para el porcentaje máximo, y el último escalón llega en 2027. Quien se jubile este año necesita 36 años y 6 meses cotizados para el cien por cien; a partir del 1 de enero de 2027, 37 años.
El punto de partida: 15 años y la mitad de la base
Para tener derecho a una pensión contributiva de jubilación hay que acreditar un periodo mínimo de cotización de 15 años. Además, al menos dos de esos años deben estar dentro de los 15 inmediatamente anteriores a la jubilación. Es lo que la normativa llama periodo de carencia genérico y específico.
Quien cumple justo ese mínimo tiene derecho al 50 % de su base reguladora. Si la base reguladora es de 1.400 euros, la pensión resultante sería de 700 euros al mes, antes de que entren en juego otros elementos como el complemento a mínimos, si correspondiera, o los coeficientes por jubilarse antes de tiempo.
Por debajo de los 15 años no hay pensión contributiva de jubilación. En ese caso, solo cabría estudiar si se cumplen los requisitos de una pensión no contributiva, que funciona con reglas completamente distintas y depende de los ingresos.
Cómo crece el porcentaje a partir del año 15
A partir de ese mínimo, cada mes adicional cotizado suma una pequeña fracción al porcentaje. La ley no cuenta por años completos, sino por meses, de modo que medio año más de cotización ya se nota en el cálculo.
La escala vigente entre 2023 y 2026 funciona así:
- Primeros 15 años: 50 % de la base reguladora.
- Del mes 1 al 49 adicionales: se suma un 0,21 % por cada mes.
- Los 209 meses siguientes: se suma un 0,19 % por cada mes.
Esos 258 meses adicionales equivalen a 21 años y 6 meses, que, sumados a los 15 iniciales, dan los 36 años y 6 meses que se exigen en 2026 para llegar al 100 %. A partir de ahí, cotizar más no eleva el porcentaje por encima del máximo.
En 2027 la escala cambia de nuevo: desde el primer mes adicional se suma un 0,19 % durante 248 meses y un 0,18 % durante los 16 meses restantes. En total, 264 meses, es decir, 22 años que, con los 15 iniciales, suman los 37 años.
El calendario que fijó la Ley 27/2011
Antes de esa reforma bastaban 35 años para el cien por cien. La Ley 27/2011 estableció un periodo transitorio para alargar ese plazo de forma gradual, de modo que el cambio no afectara de golpe a quienes estaban a punto de jubilarse:
| Año de jubilación | Años cotizados para el 100 % |
|---|---|
| 2013 a 2019 | 35 años y 6 meses |
| 2020 a 2022 | 36 años |
| 2023 a 2026 | 36 años y 6 meses |
| Desde 2027 | 37 años |
Lo relevante es el año en que se produce la jubilación, no el año de nacimiento. Dos personas de la misma edad pueden necesitar periodos distintos si una se retira en diciembre de 2026 y la otra en enero de 2027.

Un ejemplo con distintas carreras de cotización
Para ver el efecto de la escala, basta con aplicar los porcentajes de 2026 a una misma base reguladora con distintas carreras laborales. Se trata de una jubilación a la edad ordinaria, sin complementos ni reducciones:
| Años cotizados (jubilación en 2026) | Porcentaje | Pensión mensual |
|---|---|---|
| 15 años | 50,00 % | 750,00 € |
| 20 años | 62,38 % | 935,70 € |
| 25 años | 73,78 % | 1.106,70 € |
| 30 años | 85,18 % | 1.277,70 € |
| 36 años y 6 meses | 100,00 % | 1.500,00 € |
El ejemplo muestra que el salto más importante está en los primeros años por encima del mínimo, cuando cada mes suma un 0,21 %. Pero también que, con 30 años cotizados, la pensión todavía queda casi un 15 % por debajo de la que correspondería con la carrera completa.
Qué cuenta como tiempo cotizado
No todo el tiempo trabajado figura de la misma forma en la vida laboral. Para el porcentaje cuentan los periodos efectivamente cotizados y algunos periodos que la ley considera cotizados aunque no se haya trabajado, como determinados periodos de excedencia o de interrupción de la carrera laboral por el cuidado de hijos. Cada supuesto tiene sus propios requisitos y límites.
Por eso conviene revisar el informe de vida laboral con tiempo. Un contrato que no aparece, un periodo de alta mal registrado o unos meses en el extranjero que no se han acreditado pueden cambiar el porcentaje final. Detectarlo años antes de la jubilación da margen para reclamar o aportar documentación.
El porcentaje es solo una parte del cálculo
El porcentaje se aplica sobre la base reguladora, que es la otra gran pieza de la pensión. Una carrera larga con bases bajas puede dar una pensión menor que una carrera más corta con bases altas. Explicamos cómo se obtiene esa cifra en el artículo sobre la base reguladora de la jubilación.
Además, una vez reconocida, la pensión se actualiza cada enero. En 2026 la revalorización general ha sido del 2,7 %, y las pensiones mínimas han subido más, como contamos en nuestro análisis de la subida de las pensiones de 2026.
A quién le interesa revisarlo
Sobre todo a quien tiene previsto jubilarse en los próximos años y se encuentra cerca del umbral del cien por cien. Si a alguien le faltan pocos meses para los 36 años y 6 meses y su jubilación se va a producir ya en 2027, deberá tener en cuenta que la exigencia sube a 37 años.
También a quien tiene una carrera con interrupciones: periodos de desempleo sin prestación, años en el extranjero o etapas de trabajo por cuenta propia. En esos casos, comprobar cuántos meses exactos figuran cotizados permite calcular con más realismo el porcentaje y decidir, con información, si compensa prolongar la vida laboral.
Nuestra valoración
Los 15 años son la puerta de entrada a la pensión, pero solo dan derecho a la mitad de la base reguladora. Para el cien por cien hacen falta 36 años y 6 meses en 2026 y 37 años a partir de 2027, y entre medias el porcentaje avanza mes a mes. Conocer los meses cotizados con exactitud es la forma más sencilla de saber en qué punto de la escala se está y qué margen queda.
- Boletín Oficial del Estado – Ley 27/2011, de actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social – Escala transitoria de años cotizados
- Boletín Oficial del Estado – Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social – Periodo mínimo de cotización y cuantía de la jubilación
- Seguridad Social – Pensión de jubilación – Requisitos y cálculo de la pensión