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IRPF y retenciones · Pregunta n.º 5

¿Por qué la subida de la pensión no se nota igual en la cuenta?

Pregunta frecuente · 12 de septiembre de 2026

Cada enero, muchos pensionistas hacen la misma cuenta: aplican a su pensión el porcentaje de subida que han leído en las noticias y después comparan el resultado con lo que ha llegado al banco. A menudo las cifras no coinciden. En 2026, la revalorización general ha sido del 2,7 %, pero el aumento que se ve en la cuenta puede ser algo menor.

La explicación más habitual no es un error en el pago, sino la retención del IRPF. La subida se aplica sobre el importe bruto de la pensión, y la retención se calcula a partir de ese importe, de modo que también puede cambiar.

En resumen
Las pensiones se tratan en el IRPF como rendimientos del trabajo y están sujetas a retención.
La Seguridad Social calcula la retención según el importe anual previsto y la recalcula cuando este cambia.
Por eso una subida del 2,7 % en bruto no siempre se traduce en un 2,7 % más en neto.

La pensión tributa como un salario

A efectos del impuesto sobre la renta, las pensiones de la Seguridad Social se consideran rendimientos del trabajo, igual que una nómina. Eso significa que se integran en la base imponible del IRPF y que la entidad que las paga, en este caso la Seguridad Social, practica una retención a cuenta en cada mensualidad.

La retención no es un impuesto adicional, sino un adelanto del IRPF que corresponde pagar por el conjunto del año. Después, en la declaración de la renta, se compara lo retenido con lo que realmente corresponde, y el resultado puede ser a pagar o a devolver.

Cómo se calcula la retención

El tipo de retención se obtiene aplicando las reglas del Reglamento del IRPF. Se parte de los rendimientos previstos para todo el año y se tienen en cuenta las circunstancias personales y familiares comunicadas: por ejemplo, la edad, el estado civil, el número de hijos o si existe una discapacidad reconocida.

Como el IRPF es progresivo, el porcentaje no es igual para todas las pensiones. Las más bajas pueden no tener retención alguna, porque no alcanzan los límites a partir de los cuales hay que retener. A medida que aumenta el importe anual, el tipo de retención tiende a subir.

Por qué cambia en enero

Cuando la pensión se revaloriza, cambia también el importe anual previsto. La Seguridad Social recalcula entonces el tipo de retención con la nueva cuantía, normalmente desde la primera nómina del año. También puede hacerlo en otros momentos si cambian las circunstancias del pensionista o se modifica la normativa.

Si, con el nuevo importe, el tipo de retención sube aunque sea unas décimas, ese tipo se aplica sobre toda la pensión, no solo sobre la parte que ha aumentado. Por eso el efecto en el neto puede ser menor del que se esperaba.

Hombre jubilado compara un extracto bancario con una carta en la mesa del comedor
La subida se aplica sobre el bruto; la retención puede cambiar con ella.

Un ejemplo de bruto frente a neto

La siguiente tabla compara una misma pensión antes y después de la subida del 2,7 %. Los tipos de retención son supuestos y sirven solo para ilustrar el mecanismo; el tipo real depende de cada caso:

Ejemplo ilustrativo20252026Diferencia
Pensión bruta mensual1.500,00 €1.540,50 €+40,50 €
Tipo de retención (supuesto)12,0 %12,5 %+0,5 puntos
Retención mensual180,00 €192,56 €+12,56 €
Pensión neta mensual1.320,00 €1.347,94 €+27,94 €
Cálculo simplificado con tipos de retención hipotéticos. No refleja el tipo aplicable a ninguna persona concreta.

En este ejemplo, el bruto sube un 2,7 %, pero el neto aumenta en torno a un 2,1 %. Si el tipo de retención se hubiera mantenido igual, el neto habría subido también un 2,7 %. Y en las pensiones sin retención, la subida en bruto y en neto coincide.

Las pensiones que no tributan

No todas las pensiones están sujetas al impuesto. La Ley del IRPF declara exentas, entre otras, las prestaciones reconocidas por la Seguridad Social por incapacidad permanente absoluta y gran invalidez. En esos casos no se practica retención y el aumento bruto llega íntegro a la cuenta. La ley recoge otros supuestos de exención específicos, que conviene comprobar en cada caso.

Las pensiones de jubilación, viudedad u orfandad, así como la incapacidad permanente total, tributan con carácter general. Las pensiones no contributivas tienen un régimen propio, y su tratamiento fiscal conviene comprobarlo en cada situación.

Se puede pedir una retención más alta

El pensionista puede comunicar a la Seguridad Social cambios en su situación personal o familiar que afecten al cálculo, como un cambio de estado civil, el fallecimiento del cónyuge o el reconocimiento de una discapacidad. También puede solicitar que se le aplique un tipo de retención superior al que resulta del cálculo ordinario.

Esta opción no reduce el impuesto final, solo cambia el momento en que se paga: se cobra algo menos cada mes y, a cambio, se reduce la probabilidad de tener que abonar una cantidad en la declaración. Suele interesar a quien cobra de más de un pagador, por ejemplo una pensión pública y otra de un plan de previsión, porque cada pagador retiene sin tener en cuenta lo que pagan los demás.

A quién le interesa revisarlo

A quien ha notado que la subida de enero ha sido menor en neto de lo que esperaba, para comprobar si se debe a un cambio en el tipo de retención. A quien cobra varias pensiones o una pensión y otros ingresos, porque es más probable que la retención resulte insuficiente. Y a quien ha cambiado de situación familiar y no lo ha comunicado.

El tipo aplicado figura en el certificado de retenciones y en la información de la pensión que facilita la Seguridad Social. Si hay dudas sobre si corresponde presentar la declaración, lo explicamos en el artículo sobre la declaración de la renta de los pensionistas.

Nuestra valoración

La subida de las pensiones se anuncia en bruto y el ingreso se recibe en neto. Entre una cifra y otra está la retención del IRPF, que se recalcula con el nuevo importe anual y puede hacer que la diferencia que llega a la cuenta sea menor que el porcentaje general. No es un recorte ni una anomalía, sino un adelanto del impuesto que se ajusta en la declaración. Para entender cuánto ha cambiado realmente cada pensión, conviene mirar las dos cifras y, además, saber qué regla de revalorización se ha aplicado, como explicamos en nuestro artículo sobre la subida de 2026.

Fuentes
  1. Boletín Oficial del Estado – Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas – Rendimientos del trabajo y rentas exentas
  2. Boletín Oficial del Estado – Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007) – Cálculo del tipo de retención
  3. Agencia Tributaria – Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas – Información oficial sobre el IRPF
  4. Seguridad Social – Revalorización de pensiones – Información oficial para pensionistas
Nota: Este artículo explica información pública sobre las pensiones en España. Los ejemplos numéricos son simplificados y solo tienen fines ilustrativos; la cuantía de cada pensión depende de la situación personal. No sustituye el asesoramiento individual. Los datos personales y las cuantías deben comprobarse a través de los canales oficiales de la Seguridad Social.

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